Blog OICI. Una iniciativa de Organizaciones de la Sociedad Civil acreditadas ante las entidades de salud, que trabajan por los Niños con Cáncer en Bogotá y el resto del país.

miércoles, 2 de junio de 2010

APROBACION DE LA LEY POR EL DERECHO A LA VIDA DE LOS NIÑOS CON CÁNCER EN COLOMBIA

El Senador Néstor Iván Moreno Rojas, se complace en informar a todos los actores del sector de la Salud, a los niños enfermos de cáncer, a sus familiares, a la comunidad médico científica, y a toda la población en general, que fue sancionada por el Gobierno Nacional, la Ley “Por el Derecho a la Vida de los Niños con Cáncer en Colombia”, con el número 1388 del 26 de mayo de 2010.

A partir de hoy el Congreso de la República, con la iniciativa elaborada, debatida y promovida, por el Senador Moreno Rojas, ofrece a los menores de 18 años, residentes en el país, que padezcan cáncer o enfermedades de la sangre tales como: Aplasias Medulares y Síndromes de Falla Medular, Desórdenes Hemorrágicos Hereditarios, Enfermedades Hematológicas Congénitas, Histiocitosis y Desordenes Histiocitarios, las herramientas legales para que reciban de manera oportuna y efectiva, los servicios que requieran para su tratamiento, del cual depende su vida.

Además de los servicios médico-científicos, de apoyo diagnóstico, terapéuticos, medicamentos, vacunas, etc., los niños que necesiten traslado del área de su vivienda, u hogar de paso para recibir la atención, en forma ininterrumpida, en la Unidad de Cáncer Infantil, tendrán derecho a que se les cubran estos costos, siempre que su situación socioeconómica lo amerite.

La ley exige, con base en sus anexos técnicos, que la atención la brinde un onco-hematólogo-Pediátra, hasta donde ello sea posible, en unidades de cáncer infantil, ubicadas en los hospitales de 3º. Y 4º. Nivel de complejidad, pues quiere evitarse que los menores se atiendan en garajes como ha sido en algunos casos denunciado por los medios masivos de comunicación. También se busca evitar que los niños con sus familiares, sufran de algo similar al paseo de la muerte, suplicando la autorización de servicios porque no están en un plan de beneficios o porque se consideran de alto costo. Los trámites excesivos, la negación o retardo en la autorización de los servicios ordenados por el médico responsable del enfermo, la discontinuidad o abandono de los tratamientos, los medicamentos de baja calidad, entre otros, son responsables de que las tasas de mortalidad por cáncer en nuestros niños, no mejoren en el país.

La ley prevé sanciones drásticas para quién incurra en alguna de las prácticas actuales de retardo o negación de los servicios; ya que si bien, en muchos casos se obtienen vía tutela, la demora injustificada ha provocado que estos lleguen cuando ya no puede salvarse la vida del pequeño.


Es el momento de que toda la comunidad y los medios de difusión nos ayuden a publicitar esta ley, con el propósito de que se reglamente y se haga cumplir, para que verdaderamente los niños que padecen o padezcan cáncer en el futuro, en nuestro país, tengan el derecho a la vida.


Ver Ley
Gaceta del Congreso 2007